Registro electrónico
Hora:  
 

Tarjeta de Aparcamiento para Residentes en Zona O.R.A. Solicitud


Finalidad

La Administración municipal otorgará tarjetas de residentes con validez de un año natural para los vehículos que reúnan los requisitos exigidos en la Ordenanza reguladora del Aparcamiento en la Vía Pública publicada en el BOCM nº 176 de 25 de julio de 2001.

Quien lo puede presentar

Personas Físicas

Plazos de presentación

Continuo

Presentación

Oficina Central - Servicio de Atención Ciudadana. Plaza de Cervantes, 12
Oficina de la Junta Municipal Distrito I. C/ Navarro y Ledesma, 1
Oficina de la Junta Municipal Distrito II. Avenida Reyes Católicos, 9
Oficina de la Junta Municipal Distrito III. Paseo de los Pinos, 1
Oficina de la Junta Municipal Distrito IV. C/ Octavio Paz, 15
Oficina de la Junta Municipal Distrito V. C/ Cuenca, 1
Oficina de la Concejalía de Urbanismo. C/ Escritorios, 15. Para registros principalmente en materia de su competencia.
Oficina de la Concejalía de Servicios Sociales. C/ Cardenal Cisneros, 11. Para registros principalmente en materia de su competencia.
Oficina de Policía Local. Avenida de Meco, 1. Para registros principalmente en materia de su competencia.

Órgano gestor

Seguridad Ciudadana

Efecto del silencio administrativo

No procede

Normativa básica

Ordenanza Reguladora del Aparcamiento en la Vía Pública publicada en el BOCM nº 176, de 25 de julio de 2001.

Información Adicional

Que el vehículo sea propiedad de personas físicas empadronadas y que de hecho vivan dentro de la zona azul.
Que en el permiso de circulación conste el mismo domicilio de empadronamiento del titular.
Que se esté al corriente de pago del impuesto de circulación del vehículo.

Documentación relacionada

- SOLICITUD GENÉRICA : Impreso de solicitud genérica

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

Documentación requerida
- Solicitud
- Permiso de circulación.
- Ficha técnica.
- Certificado de empadronamiento.
- Documento de Identidad o Permiso de Residencia, para extranjeros
- I.V.T.M.