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Expedición de Tarjetas de Armas de 4ª Categoría. Solicitud


Finalidad

Las tarjetas se otorgarán a los avecindados o residentes en el municipio de Alcalá de Henares limitándose al respectivo término municipal. Existen dos tipos de tarjetas:

Tarjeta Tipo A: carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico-deportivo cuyo sistema de disparo es automático (Reglamento de Armas RD 137/1993, de 29 de enero, artículo 3 y Orden INT 2860/2012 de 27 de diciembre)
Estas tarjetas tendrán una validez de 5 años (limitada al término municipal de Alcalá de Henares). El máximo de armas que se pueden registrar son 6.

Tarjeta Tipo B: carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, revólveres de acción simple, accionadas por aire y otro gas comprimido no asimiladas a escopetas, y armas de uso lúdico-deportivo accionadas por muella o resorte (Reglamento de Armas, RD 137/1993, de 29 de enero, artículo 3 y Orden INT /2860/2012 de 27 de diciembre).
Estas tarjetas tienen validez permanente (limitada al término municipal de Alcalá de Henares).

Quien lo puede presentar

Personas Físicas

Plazos de presentación

Continuo

Presentación

Oficina Central - Servicio de Atención Ciudadana. Plaza de Cervantes, 12
Oficina de la Junta Municipal Distrito I. C/ Navarro y Ledesma, 1
Oficina de la Junta Municipal Distrito II. Avenida Reyes Católicos, 9
Oficina de la Junta Municipal Distrito III. Paseo de los Pinos, 1
Oficina de la Junta Municipal Distrito IV. C/ Octavio Paz, 15
Oficina de la Junta Municipal Distrito V. C/ Cuenca, 1
Oficina de la Concejalía de Urbanismo. C/ Escritorios, 15. Para registros principalmente en materia de su competencia.
Oficina de la Concejalía de Servicios Sociales. C/ Cardenal Cisneros, 11. Para registros principalmente en materia de su competencia.
Oficina de Policía Local. Avenida de Meco, 1. Para registros principalmente en materia de su competencia.

Órgano gestor

Seguridad Ciudadana

Efecto del silencio administrativo

No procede

Normativa básica

Fecha de publicación en el BOCM el 27 de mayo de 2013 (BOCM nº 124)

Información Adicional

Personal en activo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de las Fuerzas Armadas: Quedarán exentos de presentar los certificados de antecedentes penales y actitudes psicofísicas, siempre y cuando se aporte certificación de la autoridad competente en el cuerpo correspondiente en el que se preste servicio, donde conste que el interesado se encuentra en situación activa y sin ningún tipo de restricción o limitación en cuanto a la tenencia y uso de armas.

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

Documentación requerida
Solicitud
Doc identidad
DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia.
Certificado de antecedentes penales
Factura o albarán
Factura o albarán que acredite la propiedad y las características del arma específicamente: marca, modelo categoría, tipo, calibre, número de serie.
Abono de las tasas por la tramitación del procedimiento
Certificado de aptitudes psicofísicas
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